VIAJAR CON NUESTRA MASCOTA


  • CONSEJOS ANTES DE VIAJAR CON SU MASCOTA

 

Nuestra mascota debe disponer de un sistema de identificación (Los gatos, perros y hurones deben estar identificados por medio de un chip electrónico (transpondedor) o de un tatuaje claramente legible. A partir del 3 de julio de 2011 solo se podrá utilizar el traspondedor como método de identificación válido. En Irlanda, Malta y Reino Unido, el transpondedor ya es el único medio de identificación admitido).

El animal debe estar debidamente vacunado contra la rabia y desparasitado (tratamiento contra las formas intestinales maduras e inmaduras del parásito Echinococcus multilocularis).

El animal debe cumplir, si es preciso, ciertas medidas sanitarias preventivas relativas a enfermedades distintas de la rabia.

Antes de iniciar un viaje, asegúrese de que el animal ha hecho sus necesidades. Pare cada cierto tiempo y sáquelo a dar una vuelta.Existen pastillas para evitar mareos y también tranquilizantes. También se recomienda que el animal este en ayunas durante las 12 horas previas al viaje.  No lleve al animal en brazos ni coloque el transportín en el asiento del copiloto si el coche lleva airbag. Nunca deje al animal en el interior de un coche al sol, siempre deje una rendija de la ventanilla abierta para favorecer la ventilación. Impida que el animal viaje con la cabeza asomada por la ventanilla. Puede golpearse con el pilar del coche en caso de frenazo o contra algún objeto exterior.


  • DESPLAZAMIENTOS DE ANIMALES DE COMPAÑÍA ENTRE ESTADOS MIEMBROS

 

Los animales que viajan con sus propietarios dentro de la Unión Europea deben ir acompañados de un pasaporte expedido por un veterinario facultado por la autoridad competente de su Estado miembro de procedencia.

El pasaporte de los animales (gatos, perros y hurones) debe acreditar que el animal cumple los requisitos sanitarios de este Reglamento o, en el caso de Finlandia, Irlanda, Malta, Suecia y Reino Unido, las normas nacionales sanitarias adicionales de esos países.

 

  • VIAJAR EN COCHE

 

Las mascotas en los viajes, pueden ser una importante fuente de distracciones.

Si tiene una mascota y acostumbra a llevarla en el coche, no olvide que puede convertirse en una distracción que ocasione un accidente (al enredarse entre las piernas del conductor, ladrar, saltar, etc.) o, si viaja suelto, agravar sus consecuencias al golpearle a usted o a los otros pasajeros.

Sobre el transporte de animales de compañía, la normativa actual no indica específicamente nada y solo en el Reglamento General de Circulación explica que el conductor del vehículo, está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, añadiendo que deberá cuidar especialmente de mantener la adecuada colocación de los objetos o animales trasportados.


Por su parte, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial hace algunas consideraciones que pueden ser aplicadas en el caso de transporte de animales de compañía. Así, por ejemplo, se indica que los agentes encargados de la vigilancia del tráfico podrán ordenar la inmovilización inmediata de vehículos en caso de que las posibilidades de movimiento y el campo de visión del conductor del vehículo resulten sensible y peligrosamente reducidas, por el número  o posición de los pasajeros o por la colocación de los objetos trasportados.

En el resto de los países europeos se mantiene la misma línea y solo en Italia se hace mención expresa del transporte de mascotas. Concretamente, su Código de la Circulación prohíbe llevar más de un animal domestico en el coche, y si son más, deben ir en una jaula o contenedor especifico, o en la parte posterior, separados por una red o medio análogo.


Accesorios de seguridad:


-  Redes: Las más corrientes y económicas. Suelen ser de nylon y se enganchan a cuatro puntos fijos del coche. Hay que comprobar si su tamaño es adecuado al coche (que cubra del techo al suelo). Tenga cuidad si la red es elástica, impide que el animal se mueva, pero, en caso de impacto, no retiene a la mascota.

-  Barras separadoras: Es un entramado de barras horizontales y verticales que se adaptan a la altura y anchura del coche, impidiendo que el animal pase a la zona de los pasajeros. Son fáciles de instalar (quedan fijas por presión) y retienen mejor al animal, pero en muchas ocasiones no aguantan el empuje de un perro grande.

-  Arnés de seguridad: Es una correa que por un lado se engancha al arnés del perro y, por otro, tiene una lengüeta que encaja en el broche del cinturón de seguridad. En colisiones a poca velocidad son eficaces.

-  Barreras a medida: Son unas rejillas, normalmente metálicas, hechas a medida para cada modelo de vehículo. Generalmente, se realizan para retener cualquier tipo de carga, pero actúan perfectamente en el caso de los animales (un animal se asemeja a una carga). Algunas empresas fabrican barreras para distintos modelos de vehículo.

-  Trasportines: Son una buena opción, reducen la movilidad del animal y se pueden colocar en el lugar adecuado. Es conveniente colocarlo junto a la barrera o elemento de retención, si no en la zona de carga, pegado al respaldo del asiento trasero. Muchos llevan unas ranuras que permiten sujetarlo con el cinturón de seguridad.


  • VIAJAR EN TREN

 

De acuerdo a la legislación vigente, los perros lazarillos podrán viajar en todos los trenes de forma gratuita.


-  Tren de cercanías: Se admitirá para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los lleve, si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos. No se emitirá billete ni se abonará cantidad alguna por su transporte. Cercanías podrá limitar su transporte a los trenes, horarios y estaciones que se autoricen en cada Núcleo.


-  En media distancia y Avant: Se admitirán para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los lleve si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos, siendo responsable aquél de los danos que estos pudieran ocasionar. Los animales deberán ir, cuando proceda, con la guía de sanidad, en las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente.

El transporte se limitará a pequeños animales, como perros, gatos y aves, cuyo peso máximo no exceda de seis kg. Se admitirá como máximo un solo animal por viajero, siempre dentro de una jaula con dispositivo que permita contener y retirar los residuos. Las dimensiones de la jaula no deben superar 60x 35x 35 cm.

Este transporte se podrá realizar en todos los trenes de Media Distancia, si bien, podrá limitarse en aquellos trenes con saturación de viajeros. Se podrá establecer máximos por tren y coche para este transporte. Este transporte no ocupará asiento ni podrá disponer de reserva de plaza. El precio será el establecido en la tarifa vigente.


-  En Ave y larga distancia: Se permite su transporte siempre que no se opongan el resto de los viajeros. El dueño se hace responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal.

Deben ir provistos de la "guía de sanidad". El transporte se limitará a pequeños animales domésticos, entendiendo como tales, perros, gatos, hurones y aves (no de corral), cuyo peso máximo no exceda de 6 Kg.

Se admitirá como máximo un sólo animal por viajero, siempre dentro de una jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm., y que dispongan de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos.

En plazas acostadas sólo será posible el transporte en departamentos/cabinas completas (modalidad familiar). El importe a abonar será el 50% del billete a Tarifa General del tren y clase correspondiente en el que se efectúe el viaje, no pudiéndose acoger a otras tarifas o descuentos. En trenes AVE el precio a abonar por el transporte es el equivalente a un 50% del asiento de clase Turista, según el trayecto y tipo de tren correspondiente, pudiendo viajar en cualquiera de las categorías del tren. En los viajes en coche cama o litera corresponderá cobrar el 50% del importe de clase sentada Preferente, si el cliente viaja en coche cama Gran Clase, o el 50% del importe de Turista sentada en el resto de las plazas acostadas, camas o literas.

En AVE existe la posibilidad que la jaula del animal ocupe una plaza. En este caso, se aplicará la Tarifa General o de Ida / vuelta en la clase que corresponda.


  • VIAJAR EN AVION

 

Los animales domésticos, tales como perros, gatos, tortugas y pájaros, etc., que cumplan con las limitaciones legales y de documentación, pueden ser aceptados como equipaje en bodega o en cabina de pasaje, siendo en todo caso obligatorio tasar los mismos con la tarifa de exceso de equipaje.


-  Aceptación en bodega: Como regla general el transporte de animales vivos, deberá hacerse en la bodega del avión, en recipientes o contenedores adecuados proporcionados por el pasajero. Los recipientes deberán tener las siguientes características: Resistencia y seguridad, comodidad para la talla del animal, ventilación, un cierre que ofrezca garantías de que no va a abrirse en ningún momento y  fondo impermeable.


-  Aceptación en cabina de pasaje: A petición del pasajero, y previa autorización de reservas, podrán ser aceptados para el transporte en cabina determinados animales domésticos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:


+  El peso máximo permitido del animal incluyendo el recipiente o jaula será de 8 Kgs. incluyendo en el mismo, el peso del recipiente o jaula en el que será transportado el animal. El recipiente podrá tener como máximo 45 cm. de largo, 35 cm. de ancho y 25 cm. de profundidad, siempre que la suma de estas tres dimensiones no exceda de 105 cm.


+  El animal deberá ir en un recipiente adecuado, consistente, ventilado, fondo impermeable y seguro. Este recipiente puede ser aportado por el pasajero, o bien adquirirlo en IBERIA por 25 EUR.


+  Para pájaros se tendrá en cuenta que las jaulas sean resistentes, que la cerradura sea segura, y en la que no pueda derramarse la comida y bebida. Además, la jaula irá siempre cubierta.


+  Si se trata de animales de reducido tamaño o peso, podrán admitirse varios de la misma especie en un mismo contenedor.

 

+  En ningún momento se admitirán animales que por sus características especiales, mal olor, etc., puedan ser molestos para el resto del pasaje y la tripulación.

 

+  El animal deberá viajar con el pasajero sin causar molestias a los pasajeros que viajen a su lado.

 

+  Los pasajeros que transportan un animal en cabina, no podrán ocupar butacas situadas en filas correspondientes a salidas de emergencia.

 

+  En ningún caso podrá salir del recipiente en el interior de la cabina, siendo responsabilidad del pasajero su cuidado.

 

-  Autorización al transporte: Debido a que el número de jaulas y dimensiones de las mismas está limitado por el tipo de avión, el transporte de un animal deberá ser autorizado por la Oficina de Reservas. Sólo se autorizará el viaje cuando todos los trayectos estén confirmados. El peso y talla del animal deberán permanecer dentro de los límites establecidos tanto a la ida como a la vuelta.

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